miércoles, 28 de agosto de 2013

EVALÚAN DECISIÓN SOBRE PAGO DE BONOS AGRARIOS

Fecha:  miércoles, agosto 28, 2013

MEF  Analiza “con responsabilidad” el impacto del fallo del Tribunal Constitucional
Resolución del TC tiene una incidencia económica importante.
El primer ministro, Juan Jiménez Mayor, sostuvo  que el Gobierno está analizando las consecuencias jurídicas y económicas de la resolución del Tribunal Constitucional sobre el pago de los bonos agrarios.
“En este momento los técnicos están analizando las consecuencias de este fallo; los aspectos constitucionales, jurídicos, pero también económicos, porque tiene una incidencia económica importante”, manifestó.
Al recordar que es un derecho constitucional criticar las resoluciones judiciales, dijo que el Ejecutivo “tomará una posición” en base al estudio de todos los aspectos comprometidos en el caso.
En diálogo,  el jefe del Gabinete Ministerial indicó que el Gobierno emitiría un pronunciamiento sobre este tema.

SEIS MESES PARA D.S.
La resolución del TC dispone que el Poder Ejecutivo, en un plazo de seis meses a partir de la fecha, emita un decreto supremo que regule el procedimiento para el registro, valorización y formas de pago de la deuda de los bonos de la reforma agraria.
El pago de esta deuda generó preocupación en el Ejecutivo por su impacto en la caja fiscal.
No obstante, el presidente del TC, Óscar Urviola Hani, subrayó que el fallo otorga plazos y formas de honrar el compromiso sin perjudicar el equilibrio presupuestal.


“SE DEBIÓ DAR AUDIENCIA ESPECIAL” 
Jiménez Mayor indicó que “hubiera sido sano para el país” que todos sean testigos de un debate jurídico sobre las distintas posiciones en esta materia. “Nos hubiera gustado que esto se realice en una audiencia especial, para lo cual el Tribunal tenía las atribuciones, pero han decidido emitir un fallo sin esta posibilidad”, concluyó.
El Tribunal Constitucional (TC) dio al Ejecutivo un plazo de seis meses para reglamentar el pago de la deuda agraria. La resolución  ejecuta una sentencia del 2001 del propio TC, que declaró inconstitucional la Ley 26597 y parte del Código Procesal Civil que se oponían al pago y actualización de los bonos agrarios.
Dicho órgano estableció la conversión del valor nominal del bono a dólares americanos al momento de su emisión. A ese monto –indicó– habría que agregar el interés de los bonos del tesoro del Gobierno de Estados Unidos.
Asimismo, declaró improcedente el pedido del Colegio de Ingenieros para que se vuelva a valorizar cada uno de los fundos que fueron expropiados entre 1969 y 1979. Ello porque ya se efectuó en su oportunidad y volver a hacerlo implicaría –a costos actuales– cifras exorbitantes.
Esta resolución fue aprobada por tres votos a favor de un total de seis miembros del Tribunal Constitucional. Pese al empate, el fallo pudo finalmente aprobarse con el voto dirimente del presidente de dicho órgano constitucional, Óscar Urviola.
La resolución fue adoptada pese a que el presidente Ollanta Humala pidió al TC abstenerse a dar fallos sobre temas sensibles, “porque ya está de salida”.

ES LA FÓRMULA MÁS EQUITATIVA
Según el fallo del Tribunal Constitucional, su fórmula de actualización del valor de los bonos es la más equitativa, pues permitirá el cumplimiento de una obligación por parte del Estado y no afectaría el cumplimiento de otras responsabilidades ni la marcha económica y financiera del Estado. Asimismo, señaló que ese procedimiento se usará para actualizar todos esos instrumentos, incluso aquellos cuyos tenedores han recurrido al Poder Judicial para su ejecución correspondiente.
En su resolución, el Tribunal Constitucional estableció un total de 10 años y seis meses para que el Poder Ejecutivo reglamente el registro, apruebe la fórmula de actualización, reconozca cada una de las deudas y, finalmente, efectúe el pago.
Ese plazo se computará desde la reglamentación del registro y, de ocurrir en las próximas semanas la aprobación de la primera disposición, todos los bonos de la reforma agraria podrían estar cancelados en los primeros meses del 2024.
Al respecto, el presidente del Tribunal Constitucional, Óscar Urviola, enfatizó que el Ejecutivo deberá establecer en ese plazo las alternativas para el pago de la deuda agraria, ya sea en efectivo o con la entrega de bienes (terrenos productivos o eriazos) o bonos del Estado Peruano. Precisó que será el tenedor de los bonos quien decida cómo prefiere recibir el pago.También indicó que en el cronograma de pago el Ejecutivo priorizará a las personas naturales sobre las jurídicas y, además, a los tenedores originales o sus sucesores sobre otros que hayan adquirido los bonos por cesión de derechos. Asimismo, dará prioridad a los tenedores originales mayores de 65 años.



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